Litigar sin gastos
Según indica la noticia, no siempre se puede litigar sin gastos.
Dice la noticia: “La Justicia Federal de Bahía modificó una sentencia que otorgó a tres hombres el beneficio de litigar sin gastos.”
“El nuevo decisorio mantuvo para dos de ellos al 100 %, mientras que el tercero deberá abonar un 20% del proceso, ya que “no acreditó una imposibilidad absoluta de obtener los medios necesarios para afrontar la causa procesal que promovió”
Sigue explicando lo siguiente: “la Sala II de la Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca decidió rechazar parcialmente el recurso de apelación interpuesto y, en consecuencia, conceder en forma total el beneficio de gratuidad a dos de los tres demandantes”
Primera instancia
En primer lugar “La jueza de grado concedió el beneficio de litigar sin gastos peticionado por la actora, limitándolo al presente juicio, por lo que estarán los solicitantes, totalmente exentos del pago de costas y gastos judiciales”
Apelación
En segundo lugar “el apoderado de la demandada apeló la medida quejándose de que no se encuentran acreditados los extremos requeridos para la procedencia del referido beneficio”
“En tanto contar con bienes muebles e inmuebles, hacen suponer que su titular cuenta con la capacidad suficiente como para tener los recursos económicos que le permitan hacer frente a las erogaciones judiciales”
Segunda instancia
En conclusión “Por mayoría de votos la Sala entendió que había elementos suficientes para otorgar la totalidad del beneficio a todos los actores”
Ahora bien, “Respecto del coactor se considera que corresponde conceder el beneficio en forma parcial en un 80%, pues conforme a las pruebas producidas, no acreditó una imposibilidad absoluta”
Algunas conclusiones
No siempre se puede obtener el beneficio de litigar sin gastos ante el sistema judicial.