Un regreso a medias
Fuente: Diario Judicial
“La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil resolvió habilitar las convocatorias de personal hasta el 70 por ciento, siempre y cuando las condiciones edilicias de cada dependencia lo permitan.”
Así lo señala la publicación del día lunes 18 de octubre
“La resolución 1321/2021 fue dictada por la Cámara Civil en el uso de sus facultades de superintendencia tras la acordada 24/2021 de la Corte Suprema de Justicia que amplió el retorno a tribunal al reducir las patologías que integran los grupos de riesgo determinantes del régimen de licencias extraordinarias por la pandemia.”
Al parecer, la Corte Suprema de Justicia de la Nación emite la Acordada que no está acordado con las distintas Cámaras de Apelaciones creando confusión
“Según la decisión del Máximo Tribunal, podrán solicitar la licencia extraordinaria las personas con inmunodeficiencias; VIH dependiendo del status y con medicación inmunosupresora o corticoides en altas dosis.”
“También podrán requerirla los pacientes oncólogicos y transplandatos con enfermedad oncohematológica hasta seis meses posteriores a la remisión completa; con tumor de órgano sólido en tratamiento; transplantados de órganos sólidos o de precursores hematopoyéticos.”
“En este sentido, el fuero Civil mantendrá las medidas sanitarias, como la ventilación cruzada y el distanciamiento social de dos metros. También continuará el sistema de turnos para la concurrencia de público a las dependencias, a pesar de los reclamos de los profesionales de la matrícula.”
“No obstante, el Tribunal no se pronunció sobre el cierre de la bandeja de escritos o la posibilidad de la apertura de bandeja al horario de Tribunales, pero permitiendo que fuera del horario, los nuevos escritos que ingresen queden almacenados hasta el inicio de la jornada siguiente.”